Red Peruana contra la Pornografía Infantil

Asociación Civil sin fines de lucro, que busca la erradicación de las redes de productores, distribuidores y consumidores de pornografía infantil en el Perú y Latinoamérica, principalmente de aquella que se ejecuta vía Internet. Asimismo, lucha contra la Trata de Personas, la Explotación Sexual Comercial Infantil y el Tráfico de niños, niñas y adolescentes, trabajando en coordinación con otras instituciones que persiguen similares fines.

viernes, noviembre 18, 2011

TC rechaza amparar a pedófilo que tenía material pornográfico en su ordenador

Madrid - España.- (elcorreo.com) El Tribunal Constitucional ha denegado el amparo a un condenado por distribución de material pornográfico infantil después de que llevara a reparar su ordenador y el empleado de la tienda hallara casualmente en el mismo numerosos ficheros de fotografías y vídeos de menores sexualmente explícitos.

En la primera sentencia del Constitucional referida al derecho a la intimidad en relación con las nuevas tecnologías de la información, el tribunal ha analizado si la condena a cuatro años de prisión impuesta por la Audiencia de Sevilla vulneró ese derecho en vista de que la prueba de cargo se obtuvo sin el consentimiento del recurrente.

La sala recuerda, en este sentido, que si bien el hombre no autorizó de forma expresa al encargado de la tienda de informática para acceder al contenido de los archivos donde se hallaba el material con contenido pedófilo, sí puso a disposición de éste su ordenador para que lo reparara, advirtiéndole incluso de que no tenía ninguna contraseña para su acceso.

Por tanto, según los magistrados, el empleado no se extralimitó del mandato recibido, "estando amparado su proceder, que ha llevado al descubrimiento del material ilícito, por la propia autorización expresa del demandante".

La sentencia añade que esta conclusión está además avalada por "la circunstancia de que este encargado limitara su actuación a la carpeta 'Mis documentos' del usuario, mínimo necesario para realizar" la comprobación de que la reparación se había efectuado correctamente.

Tras el hallazgo, el encargado de la tienda avisó a la Policía, que intervino el ordenador y examinó su contenido sin autorización judicial.

El Constitucional dice que si bien la autorización que el recurrente hizo al empleado de la tienda de informática no puede extenderse al posterior acceso a los archivos por parte de la Policía, éste estuvo justificado porque "perseguía un fin legítimo" como es la investigación de un delito grave como es la pornografía infantil.

De hecho, y aunque también la Fiscalía sostiene que sin la previa autorización judicial se había vulnerado el derecho a la intimidad, la sala estima que se está "ante uno de los supuestos excepcionados de la regla general, que permite nuestra jurisprudencia, pues existen y pueden constatarse razones para entender que la actuación de la Policía era necesaria".
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