Red Peruana contra la Pornografía Infantil

Asociación Civil sin fines de lucro, que busca la erradicación de las redes de productores, distribuidores y consumidores de pornografía infantil en el Perú y Latinoamérica, principalmente de aquella que se ejecuta vía Internet. Asimismo, lucha contra la Trata de Personas, la Explotación Sexual Comercial Infantil y el Tráfico de niños, niñas y adolescentes, trabajando en coordinación con otras instituciones que persiguen similares fines.

viernes, octubre 31, 2008

El Gobierno de España aprobará hoy la reforma endurecida del Código Penal. Penas mayores por terrorismo y pederastia

España.- (El Progreso - Galiciae) El endurecimiento de las penas del Código Penal en materia de terrorismo y delitos relacionados con menores llega este viernes al Consejo de Ministros. El ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, presentará la reforma, que recibirá el visto bueno del Gobierno, para someterse posteriormente al voto del Parlamento.
En esta línea, el control de los condenados por delitos de terrorismo o pederastia una vez accedan al tercer grado, que Zapatero y Rajoy pactaron en su primer encuentro en Moncloa, es ya un anteproyecto de ley.

20 años de libertad vigilada

Si la reforma sale adelante, podrá imponerse un periodo de libertad vigilada por estos delitos hasta un máximo de 20 años (despues de que el penado haya cumplido condena), admitiendo incluso el control mediante el uso de medios telemáticos como las pulseras electrónicas. La nueva norma hará, además, que los delitos de terrorismo no prescriban nunca.
Se sumarán a los delitos de lesa humanidad, genocidio o contra bienes protegidos en caso de guerra, los únicos que hasta ahora no prescribían.
Además, el Código Penal incluirá una cláusula al respecto que prohibirá la residencia cerca de sus víctimas de los etarras que ya hayan cumplido su condena.

Medidas de alejamiento obligatorias

El nuevo texto no podrá aplicarse con retroactividad, pero establecerá como obligatoria, para casos de terroristas, pederastas o violadores reincidentes, la imposición de medidas de alejamiento de las víctimas. De este modo, tales medidas dejarán de ser una opción discrecional para los tribunales
.Sí serán modulables, en cambio, las condiciones de la libertad vigilada. El juez sentenciador fijará esta medida como parte de la pena. Pero será el juez de vigilancia penitenciaria quien, una vez cumplido el tiempo de reclusión, decida en qué grado se aplica conforme a criterios de peligrosidad del condenado.

Penas mayores por delitos contra menores

Las penas por pederastia y pornografía infantil serán, ya de partida, más duras. Con la reforma se considerará agresión sexual lo que hasta ahora se entendía como abuso a menores, aunque no exista violencia ni intimidación. Todos estos delitos se castigarán con prisión. Y se tipificará como delito la captación de menores con fines sexuales a través de Internet.
La reforma que ahora se pone en marcha es fruto de un acuerdo surgido al calor de dos casos que levantaron ampollas: el asesinato de Mari Luz Cortés a manos de un hombre condenado en virtud de sentencia firme; y la posibilidad de que el etarra De Juana Chaos conviva en San Sebastián en el vecindario de algunas víctimas de la banda terrorista una vez en libertad tras cumplir su condena.
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1 Comentarios:

  • A la/s 6:14 a. m., Anonymous Anónimo dijo...

    La verdad es que las leyes no están en sintonía con la gravedad del delito, así que ya va siendo hora que empiecen a modificarse. Y tampoco estaría mal unpoco de formación para quienes las aplican, ya que en general hay mucho desconocimiento e ideas erróneas respecto de los abusos sexuales infantiles. Yo fui víctima por parte de mi padre y ahora soy "activista" de esta causa. Hace poco puse en marcha un blog que si lo quieren visitar, creo que encontrarán interesante.
    http://forogam.blogspot.com/
    Es la causa de todos y a todos nos corresponde aportar nuestro particular granito de arena.

    Un abrazo desde Barcelona.
    Joan.

     

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