Red Peruana contra la Pornografía Infantil

Asociación Civil sin fines de lucro, que busca la erradicación de las redes de productores, distribuidores y consumidores de pornografía infantil en el Perú y Latinoamérica, principalmente de aquella que se ejecuta vía Internet. Asimismo, lucha contra la Trata de Personas, la Explotación Sexual Comercial Infantil y el Tráfico de niños, niñas y adolescentes, trabajando en coordinación con otras instituciones que persiguen similares fines.

miércoles, abril 23, 2008

Luego de tres años de proceso: el Supremo confirma la sentencia de un caso de pederastia en el Raval. Condena fue de 8 años

Barcelona - España.- (EFE - El Periódico) El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado los recursos de anulación de la sentencia de la Audiencia de Barcelona que condenó al empresario José María Hill Prados y al monitor Ángel Rodrigo Balseca por abusar sexualmente de un niño de 12 años del Casal d'Infants del Raval de Barcelona.

El alto tribunal ha desestimado los recursos interpuestos tanto por la acusación particular, ejercida por el propio Casal, como por los dos condenados, contra la sentencia emitida en marzo de 2007. La Audiencia de Barcelona condenó por delitos de abuso sexual a ocho años y cuatro meses de árcel al empresario José María Hill Prados y a dos años de cárcel a Ángel Rodrigo Balseca.
Los hechos sucedieron entre los meses de mayo y junio de 2005, cuando Balseca empezó a trabajar como monitor voluntario en el Casal d'Infants del Raval de Barcelona, el mismo donde en 1997 se destapó otro grave caso de pederastia que culminó con la condena de uno de sus fundadores, Xavier Tamarit.
Una vez allí, el monitor se ganó la amistad del menor D. y se le presento a José María Hill Prados, quien también se ganó la confianza del niño con regalos y dinero.
Posteriormente, los dos acusados abusaron sexualmente del niño, por lo que la Audiencia condenó a Balseca, además de a dos años de cárcel, a cinco de inhabilitación para ejercer como monitor y a indemnizar con 2.000 euros a D.

Acusación particular

La acusación particular, ejercida por el Casal Dels Infants del Raval, presentó un recurso contra la sentencia de la Audiencia porque consideraba que no incluía dos abusos más que presuntamente cometieron en junio de 2005 los dos procesados, pero ahora el Supremo ratifica que ninguna de esos hechos fue probado.
El Supremo ha desestimado el recurso de la defensa de Balseca que, entre otros aspectos, critica que la sentencia del 2007 aplicara un agravante al condenado al considerar que se aprovechó de su condición de tutor de la víctima cuando, según él, "solo era un monitor voluntario durante dos horas a la semana".

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