Red Peruana contra la Pornografía Infantil

Asociación Civil sin fines de lucro, que busca la erradicación de las redes de productores, distribuidores y consumidores de pornografía infantil en el Perú y Latinoamérica, principalmente de aquella que se ejecuta vía Internet. Asimismo, lucha contra la Trata de Personas, la Explotación Sexual Comercial Infantil y el Tráfico de niños, niñas y adolescentes, trabajando en coordinación con otras instituciones que persiguen similares fines.

sábado, abril 14, 2007

El enemigo oculto en la Internet: todo sobre pornografía infantil

¿Qué es Pornografía Infantil?

“Es toda representación, por cualquier medio, de un niño dedicado a actividades sexuales explícitas, reales o simuladas, o toda representación de las partes genitales de un niño, con fines primordialmente sexuales”.
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Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en pornografía
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¿Quién comete el delito de Pornografía Infantil?

"El que posee, promueve, fabrica, distribuye, exhibe, ofrece, comercializa o publica, importa o exporta por cualquier medio incluido la Internet, objetos, libros, escritos, imágenes visuales o auditivas, o realiza espectáculos en vivo de carácter pornográfico, en los cuales se utilice a personas menores de edad"
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Código Penal Peruano - Artículo 183-A
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¿Qué debemos entender por “niño o niña”?

"Deberá entenderse como niño a toda persona menor de 18 años, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, alcance antes la mayoría de edad"
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Convención sobre los Derechos del Niño
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Daños que ocasiona la Pornografía Infantil

Por un lado, es responsable de la explotación sexual de miles de niños y niñas distribuidos por todo el mundo, a los que se utiliza para confeccionar todo tipo de fotografías y vídeos que van desde la exhibición de sus cuerpos hasta la violación y la tortura.
Por otro lado, repercute además sobre el conjunto de todos los niños y niñas al incitar e invitar constantemente a sus consumidores para que lleven al terreno de la realidad sus "fantasías". Muchos de estos pedófilos y pederastas terminan produciendo después su propio material pornográfico con nuevos menores.

Facilitan y promueven su crecimiento en Internet:

  • El supuesto anonimato de sus autores
  • Las pocas o nulas posibilidades de reconocer plenamente la verdadera identidad de aquel que envía, reproduce o descarga material de Pornografía Infantil, mayormente utilizando herramientas tecnológicas como la mensajería (Chats, Messenger, Foros) y las de descarga directa o P2P (Kazzaa, I Mesh, Ares, Edonkey, Emule, Overnet, etc).
  • La rapidez con que se adquieren los softwares (gratuitos en muchos casos) y su fácil uso, inclusive por menores de edad.
  • La tecnología de punta (cámaras digitales, celulares y cámaras web), que ofrece equipos que se caracterizan por ser cada vez más pequeños y fáciles de transportar y que ya no necesitan de proceso alguno para poder utilizar lo producido.
  • La burocracia que generan las empresas que brindan el servicio de Internet para responder al pedido de las autoridades policiales que les solicitan la identificación de un usuario vía su IP.
  • La inmensa rentabilidad que produce. Hoy la Pornografía Infantil y la Explotación Sexual Comercial de menores generan mayores ganancias que el tráfico de armas y el tráfico ilícito de drogas. Se calcula que sólo la Pornografía Infantil genera 12 mil millones de dólares en ganancias en todo el mundo.

Legislación peruana sobre Pornografía Infantil y delitos relacionados

Con la aprobación de la Ley 28251, del 08 de junio de 2004, en la que se modifican e incorporan diversos artículos relacionados a la libertad sexual, la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes y la pornografía infantil, la Ley 28704, del 04 de abril de 2006, en la que se modifican los artículos referentes a la libertad sexual y se excluye a los sentenciados por dichos delitos de cualquier derecho de gracia, indulto o conmutación de pena, y la Ley 28950, del 16 de enero de 2007: denominada “Ley contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes”; el Perú se convierte en uno de los pocos países en la región que castiga con rigor dichas conductas, incorporando figuras tales como el de “usuario-cliente” para el delito de Turismo Sexual Infantil, con pena de cárcel que va de 4 a 6 años, y se faculta al uso del “agente encubierto” y del “agente especial” para enfrentar el delito de Trata de Personas.

¿Qué sanciones hay para los pedófilos, pederastas o explotadores de niños?

En las leyes existentes sobre Pornografia Infantil y Trata de Personas se sancionan, con pena privativa de la libertad, ciertas conductas vinculadas a la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes, tales como:

  • Violación sexual de menores: de 25 años (base) a cadena perpetua (agravada)
  • Trata de personas: de 8 años (base) a 25 años o más (agravada)
  • Actos contra el pudor en menores: de 5 años (base) a 30 años (agravada)
  • Favorecimiento a la prostitución: de 5 años (base) a 12 años (agravada)
  • Rufianismo: de 6 años (base) a 12 años (agravada)
  • Proxenetismo: de 6 años (base) a 12 años (agravada)
  • Pornografía infantil: de 4 años (base) a 12 años (agravada).
  • Turismo sexual infantil: de 2 años (base) a 10 años (agravada)
  • Tráfico Ilícito de Migrantes: de 4 años (base) a 25 años o más (agravada)

¿Existe alguna ley que regule el uso de cabinas públicas de Internet?

Sí. Desde el 20 de noviembre de 2003 el Perú cuenta con la Ley 28119, la cual prohíbe el acceso de menores de edad a páginas web de contenido pornográfico. En ella, se le ordena a los administradores de cabinas públicas instalar los filtros y bloqueadores necesarios a las máquinas que sean rentadas a menores de edad. Del mismo modo, se le otorga la función fiscalizadora y sancionadora de dicho mandato a las Municipalidades, con el apoyo de las fuerzas policiales.

¿Qúé recomendaciones damos a los padres de familia y tutores?

La Internet es un instrumento que si es bien utilizado es sumamente beneficioso. Pero en la Internet entran e interactúan todo tipo de personas. Por ello, cuidémonos y cuidemos a nuestros hijos.

  • Comuníquese y hable con sus hijos sobre los posibles riesgos que existen en la Internet, en especial, con relación con la pornografía en la que se utilizan a menores de edad. El no hacerlo por tabú es un riesgo.
  • Navegue en Internet junto con su niño o niña. Trate de conocer sus sitios favoritos.
  • Coloque siempre el computador en un lugar visible, al cual los padres o cualquier otro miembro de la familia tengan acceso, y no en la habitación. Es más difícil para el delincuente sexual que navega en la Internet comunicarse con el niño, niña o joven cuando la pantalla de la computadora está en un lugar a la vista de los que habitan el hogar.
  • El uso de salones de charla [chat rooms] debe ser estrechamente vigilado. Estos lugares son idóneos para que los niños hagan nuevas amistades y para discutir temas de gran interés, pero también son lugares donde merodean los delincuentes sexuales que navegan en la Internet.
  • Siempre debe mantener acceso a la cuenta de servicio de su hijo hija, o joven y examinar esporádicamente su correo electrónico. Sea sincero con su hijo, hija o joven en cuanto a su acceso a esta cuenta y las razones por las cuales lo hace. Tenga presente que los delincuentes sexuales también pueden comunicarse con su hijo o hija a través del correo postal.
  • Enseñe a su hijo a navegar por Internet de manera responsable. Hay actividades en la Internet de mucha más importancia que las experiencias que ofrecen los salones de charla [chat rooms].
  • Si su hijo o hija ha participado en cualquier actividad sexual por su voluntad, debe comprender que, él o ella no tiene culpa; es una víctima. El malhechor es quien tiene toda responsabilidad por su actuación.

Que sus hijos o niños bajo su responsabilidad, naveguen sano, es su compromiso con la sociedad. Recuerde que estos delitos son punibles en todo el mundo. No permitamos que el abuso sexual y pornográfico contra menores de edad en la internet se siga reproduciendo en la red.

¿Dónde podemos denunciar un hecho relacionado a Pornografía Infantil en el Perú?

Usted puede denunciar páginas web con contenido sexual con menores de edad, actividades sospechosas en los chat y actos de pornografía infantil y juvenil en la internet escribiéndonos un mail a: nopornoinfantil@democracia.org.pe o si lo prefiere, puede comunicarse directamente a la División Nacional de Delitos de Alta Tecnología (DIVINDAT) de la Policía Nacional del Perú, llamando al teléfono: 01- 4334461 o escribiendo al correo: dirincri.divindat.pi@pnp.gob.pe

Enséñele a sus hijos que:

  • Nunca deben hacer citas con personas que hayan conocido a través de la Internet.
  • Nunca deben enviar (fijar o postear) fotografías a través del Internet, o del servicio en línea, a personas que no conocen.
  • Nunca deben divulgar información personal que sirva para identificarlos, tal como nombres, direcciones, el nombre de sus colegios, o los números de teléfono.
  • Nunca deben responder a mensajes insinuantes, obscenos, agresivos, o de acoso sexual.
  • Se comuniquen inmediatamente con adultos de confianza si se han sentido ofendidos en la red.

RECUERDE QUE: Luchar contra la Pornografía Infantil es una tarea en conjunto. No debe esperar a que alguien de su familia sea víctima. Usted es un actor clave para enfrentar a estas redes de pedófilos. Ayúdenos a ayudarlo.

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2 Comentarios:

  • A la/s 6:04 p. m., Anonymous Anónimo dijo...

    que asco, nose que puedan tener en la cabeza estas personas. pero el que comete este delito y siquiera mira un niño con mirada maquiavelica es un posible depredador.
    Aquel que es cristiano o catolico tiene que aborrecer esto y aquel que no cree en nadie pues que se atenga a las consecuencias.

     
  • A la/s 4:08 p. m., Anonymous Anónimo dijo...

    creo que sin querer he descubierto una pagina donde publican footos de adolescentes desnudos ¿que debo hacer? ¿donde lo puedo denunciar?

     

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