Red Peruana contra la Pornografía Infantil

Asociación Civil sin fines de lucro, que busca la erradicación de las redes de productores, distribuidores y consumidores de pornografía infantil en el Perú y Latinoamérica, principalmente de aquella que se ejecuta vía Internet. Asimismo, lucha contra la Trata de Personas, la Explotación Sexual Comercial Infantil y el Tráfico de niños, niñas y adolescentes, trabajando en coordinación con otras instituciones que persiguen similares fines.

lunes, marzo 05, 2007

Pornografía Infantil (Child Pornography / Kinder Porn)

¿Qué entendemos por Pornografía Infantil?

Según el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en pornografía: “toda representación, por cualquier medio, de un niño dedicado a actividades sexuales explícitas, reales o simuladas, o toda representación de las partes genitales de un niño, con fines primordialmente sexuales”.

¿Quién comete el delito de Pornografía Infantil?

"El que posee, promueve, fabrica, distribuye, exhibe, ofrece, comercializa o publica, importa o exporta por cualquier medio incluido la Internet, objetos, libros, escritos, imágenes visuales o auditivas, o realiza espectáculos en vivo de carácter pornográfico, en los cuales se utilice a personas menores de edad" Código Penal Peruano - Artículo 183-A

¿Qué es la pedofilia?

Es una cronofilia, es decir, una parafilia en la que la edad del sujeto es discordante con la edad del objeto de la atracción sexual (preferentemente niños y niñas pre púberes).

¿Qué es la pederastia?

Es la preferencia sexual de un varón adulto por púberes o adolescentes varones.

¿Cómo son los pedófilos o pederastas?

No existe un perfil exacto del pederasta o del pedófilo, no se le distingue a simple vista, pero reproducen algunas características que sí resultan significativas. Por ejemplo, su acercamiento a los niños suele ser físico. Tras un primer contacto cuidadoso, para no asustar ni levantar sospechas, comienzan a coger al menor, abrazarlo y “mimarlo”. Les invitan e incluso les colman de atenciones y regalos para generar en ellos un sentimiento de deuda. A los niños se les enseña que deben ser agradecidos y corresponder a los adultos (por educación) y los pedófilos se sirven de esta circunstancia.Buscan, de alguna manera, estar a solas con el niño o la niña para ir a más. Los violadores de niños siempre quieren más, nunca están satisfechos. Muchos de ellos tienen un nivel bajo de autoestima y se sienten mucho más seguros con los menores. Otros, en un porcentaje elevado, han sufrido abusos de pequeños. Un tercer grupo busca humillar y doblegar a su víctima, posiblemente por haber sufrido antes desprecio de otros niños o niñas durante la infancia.

¿Cuál sería un posible retrato de un pedófilo o pederasta?

Aunque no existe un perfil exacto del pedófilo ni del pederasta, sí podemos establecer un retrato robot a partir del estudio de los que ya han sido detenidos. Un probable perfil es el siguiente:
  • En el 90% de las ocasiones son varones.
  • Suelen tener entre 30 y 45 años. Aunque hoy el 20% de las agresiones sexuales son cometidas por menores de edad.
  • Desempeñan profesiones más calificadas que los violadores de mujeres y acceden a mejores trabajos.
  • Se encuentran integrados en el entramado social y con frecuencia están casados.
  • En el 85% de los casos conocen a su víctima.
  • En el 68% de los casos son padres o familiares.
  • En el 80% de los casos no tienen antecedentes penales.
  • En el 98% de los casos actúan solos.
  • En más del 50% de las ocasiones no recibieron muestras de afecto durante su infancia-adolescencia.
  • En más del 50% de los casos abusan del alcohol o de alguna droga.
  • Presentan falta de empatía y baja autoestima.
  • En más de un 66% niegan sus crímenes o los minimiza.
  • En el 58% de los casos se niegan a recibir tratamiento.
  • En la mayoría de las ocasiones no padecen trastornos psiquiátricos, sólo en ocasiones trastornos de la personalidad y algunas veces trastornos psicopáticos (75%).
  • En el 90% de los casos tienen capacidad para controlar su propio comportamiento.
  • Presentan un elevado índice de reincidencia.
  • El 100% necesita tratamiento, aunque resulta poco efectivo con los pedófilos preferenciales.
Legislación peruana: ¿Una isla en la región?

Con la aprobación de la Ley 28251, del 08 de junio de 2004, en la que se modifican e incorporan diversos artículos relacionados a la libertad sexual, la explotación sexual comercial y la pornografía infantil, la Ley 28704, del 04 de abril de 2006, en la que se modifican los artículos referentes a la libertad sexual y se excluye a los sentenciados por dichos delitos de cualquier derecho de gracia, indulto o conmutación de pena, y la Ley 28950, del 16 de enero de 2006: denominada “Ley contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes”; el Perú se convierte en uno de los pocos países en la región que castiga con rigor dichas conductas, incorporando figuras tales como el de “usuario-cliente” para el delito de Turismo Sexual Infantil, con pena de cárcel que va de 4 a 6 años, y los de “agente encubierto” y “agente especial” para el delito de Trata de Personas.
En estas leyes se sancionan ciertas conductas vinculadas a la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes, tales como:
  • Violación sexual: con penas de 6 años a cadena perpetua.
  • Proxenetismo: con penas de 10 a 12 años de cárcel.
  • Trata de personas: con penas de 8 a 25 años de cárcel.
  • Pornografía infantil: con penas de 4 a 12 años de cárcel.
  • Turismo sexual infantil: con penas de 2 a 10 años de cárcel.
  • Tráfico Ilícito de Migrantes: con penas de 4 a 25 años de cárcel.

Por otro lado, desde el 20 de noviembre de 2003 el Perú cuenta con la Ley 28119, la cual prohíbe el acceso de menores de edad a páginas web de contenido pornográfico. En ella, se le ordena a los administradores de cabinas públicas instalar los filtros y bloqueadores necesarios a las máquinas que sean rentadas a menores de edad. Del mismo modo, se le otorga la función fiscalizadora y sancionadora de dicho mandato a las Municipalidades, con el apoyo de las fuerzas policiales. Todo ello en razón de que en nuestro país, más de un 60% del total de usuarios de Internet acceden a este servicio mediante el uso de cabinas públicas, que rentan sus máquinas a un promedio de 30 céntimos de dólar la hora.

Si bien es importante el avance que el Perú presenta en materia legislativa, debemos tener siempre presente que el principal obstáculo para enfrentar delitos tan brutales como son la Pornografía Infantil, el Tráfico Ilícito de Migrantes y la Trata de Personas, no radica necesariamente en la falta o carencia de legislación sobre la misma, sino que éste se encuentra en la falta de coordinación existente entre los países, en la carencia de figuras delictivas homogéneas sobre la materia en Latinoamericanos. Cada uno de nuestros países define, de forma aislada, el concepto de figuras delictivas tales como la trata de personas, el tráfico ilícito de migrantes, la pornografía infantil o la prostitución infantil, sin tener en cuenta que estos delitos no tienen frontera, se gestan en redes internacionales y suelen utilizar a personas de diversas nacionalidades para sus fines, es decir, son delitos a escala mundial y como tal debieran ser enfrentados.

Debemos entender que el éxito por parte de los Estados y la sociedad al reprimir delitos tan inhumanos como los antes mencionados será muy difícil sino imposible de alcanzar, en tanto las legislaciones difieran demasiado de país a país, tanto en lo formal como en lo sustancial, es decir, tanto para determinar y delimitar claramente el delito, para identificar plenamente al agresor, para establecer los procedimientos de investigación y sanción, como para prevenir el hecho.

Obstáculos que enfrentan los Estados en Latinoamérica para combatir la Pornografía infantil

Las leyes existentes en Latinoamérica han sido pensadas como si el problema fuera regional o local. Un ejemplo de ello puede ser apreciado al analizar la figura de la Pornografía Infantil. El problema empieza ni bien los legisladores definen el concepto de pornografía infantil, ya que éste variará, tanto en su fondo como en su forma, dependiendo del concepto base que maneje cada Estado sobre lo que es un infante. En muchos países, por ejemplo, no se sanciona la posesión de material pornográfico infantil, en otros, no están considerados como infantes los mayores a 14 años de edad, y por ende, el material que utilice a personas de esas edades no se le considera pornografía infantil, en otros las penas son muy benignas y sólo llegan al año de reclusión, etc.

Ello hace que el delincuente busque realizar sus acciones desde aquel país que tenga más vacíos legales o castigue con menos fuerza y rigor el delito. Sin embargo, el resultado de la acción del delincuente, ya sea del tratante de personas, del pedófilo o del usuario del Turismo sexual infantil, influirá y generará consecuencias en diversos países de la región, no sólo en el país desde donde se esté cometiendo el crimen.

Por otro lado, un obstáculo diferente a los antes expuestos, pero igual de difícil de superar sin la debida coordinación ni el adecuado consenso entre los Estados de Latinoamérica, es el que enfrentan los agentes encargados de perseguir y reprimir este delito (es decir, la Policía y el Ministerio Público) al querer cumplir cabalmente su labor. Ello se debe a que en la mayoría de los países de la región aún no se ha definido bien una ley que permita a la Policía tener agentes encubiertos o agentes especiales para luchar contra la explotación sexual comercial, la trata de personas y la Pornografía Infantil, tal y como sí lo hacen para enfrentar el narcotráfico o el terrorismo. Afortunadamente en nuestro país dichas figuras se han implementado ya con la Ley 28950 de enero de 2007.

Similar trato les dan a las campañas o acciones contra la Pornografía infantil que realizan los Estados en Latinoamérica. Por lo general, estas campañas suelen ser regionales, enfrentan el problema con una visión muy local como si el problema sólo existiera en el país ejecutor de la campaña, o peor aún, como si fuera un problema de terceros países, cuando éste es un delito mundial. Las organizaciones de la sociedad civil muchas veces cometen, sin quererlo o desearlo, el mismo error, pues enfrentan, desde sus espacios locales y sus limitadas posibilidades, este problema.
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2 Comentarios:

  • A la/s 9:39 a. m., Anonymous Anónimo dijo...

    Felicitaciones x el blog :) , hay que x todos los medios hay que tratar de salvaguardar a los niños .

     
  • A la/s 5:38 p. m., Anonymous Anónimo dijo...

    Hola Soy un joven de 22 años y vivo en cd. Acuña Coahuila mexico ciudad fronteriza con los E.U.A y una noche que nos andabamos paseando con la familia en el centro de la ciudad.. cuando yo vi a un hombre como de unos 35 años de dedad en una esquina con una niña de unos 8 años y la estaba besando en la boca y tocandole sus partes. junto a ella estaba otra menor como de unos 4 años y tras de ellas dos mujeres sentadas en unas sillas Mi pregunta es en donde puedo denunciar esos actos qui en mi pais y porque esas mujeres permiten esos actos Espero su respuesta mi correo *raul_acosta86@yahoo.com* hasta luego........

     

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